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Noticia


SE MODIFICA EL CANJE DE PERMISOS DE CONDUCIR CON MARRUECOS

Publicada la nota verbal por la que se modifica el Canje de permisos entre España y Marruecos. Los conductores marroquíes que soliciten el canje de permisos profesionales (clases C, C+E, D y D+E) deberán realizar previamente una prueba de circulación en vías abiertas al tráfico. Los cambios entrarán provisionalmente en vigor el 7 de abril de 2024.

El BOE 73, de 23 de marzo, publica la nota verbal por la que se modifica el Canje de notas constitutivo de acuerdo entre España y Marruecos sobre el reconocimiento reciproco y el canje de los permisos de conducción nacionales. La nota verbal propone sustituir el punto 4 del actual Acuerdo por este otro, con la siguiente redacción:

«4.?El canje se efectuará sin tener que realizar exámenes teóricos y prácticos. Como excepción, los conductores marroquíes que soliciten el canje de los permisos de conducción equivalentes a los españoles de las clases C, C+E, D y D+E, deberán realizar una prueba de circulación en vías abiertas al tráfico general, utilizando un vehículo o conjunto de vehículos cuya conducción autorizan dichos permisos.»

Esto supone que los conductores marroquíes quedarán exentos, a la hora de canjear sus permisos de conducir, de realizar la prueba teórica de conocimientos, pero no así la prueba práctica de circulación en vías abiertas al tráfico, que sí deberán realizarla para obtener el canje de su permiso de conducción. Este canje entrará provisionalmente en vigor a partir del 7 de abril de 2024.